Número de edición 8481
La Matanza

Flexibilizaciones en los créditos a tasa 0 para monotributistas

Flexibilizaciones en los créditos a tasa 0 para monotributistas

Desde la redacción de Diario NCO, el columnista especializado en materia económica y financiera, Darío Banga, analizó la nueva medida que tomó el Gobierno para facilitar el alcance de los monotributistas al programa de créditos a tasa cero que relanzó mediante AFIP.

POR MARÍA BELÉN PERALTA

En las últimas horas, el Ministerio de Desarrollo Productivo publicó, bajo la resolución 626/2021, una serie de modificaciones ligadas a los requisitos que deben cumplir los trabajadores independientes que deseen recibir un crédito a tasa cero a la hora de inscribirse.

“Atentos al impacto alcanzado por el Programa y a la demanda insatisfecha de los Créditos 2021, resulta oportuno y conveniente implementar medidas tendientes a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiados”, manifestó el Ministerio en el Boletín Oficial.

Bajo la mirada del columnista, “esta es una medida muy buena”, ya que de esta forma el Gobierno busca “ayudar a quienes más necesitan, a quienes menos ingresos tienen, en este caso, a quienes se encuentran dentro del Régimen Simplificado”.

Los nuevos requisitos

Como medida principal, el Ministerio de Desarrollo Productivo decidió dejar sin efecto los requisitos establecidos para aquellos solicitantes que registren factura electrónica por sus operaciones de ventas, locaciones o servicios.

A grandes rasgos, esto significa que, desde ahora, aquellos inscriptos cuyos ingresos superen en 1.2 veces el promedio mensual del límite inferior de su respectiva categoría también podrán acceder a un crédito, hecho que antes no estaba permitido.

 

A su vez, se eliminó la condición para quienes no registran factura electrónica, quienes hasta ahora solo podían recibir un crédito si ese promedio, en este caso, surgido de una facturación como compradores, prestatarios o locatarios, era inferior al 80 por ciento del resultado de la suma de 1.2 veces el promedio mensual del límite inferior de su categoría.

“Esta condición de la AFIP de 12 cuotas es muy beneficiosa porque, si bien el valor nominal es sin interés, el valor real es menor porque al haber en Argentina un sistema inflacionario bastante alto, la realidad es que terminas pagando menos de lo que sacaste”, concluyó Banga.

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