Número de edición 8481
La Matanza

ANSES: Objetivos del Programa Crédito Argenta

ANSES

ANSES. Esa denominación es el programa de créditos personales de la ANSES destinado a Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), titulares de Asignación Universal Por Hijo (AUH), de Pensiones No Contributivas/PNC (Madres de siete o más hijos, invalidez y vejez) y de Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

 Cuáles son las metas de la propuesta

El objetivo de este programa es brindar desde el Estado Nacional préstamos convenientes y accesibles para beneficiarios de la Seguridad Social, financiados con recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES.

A través del l artículo 3° del Decreto N° 246/11, se incorporó el inciso r) al artículo 74 de la Ley N° 24.241, actual inciso m) conforme modificación efectuada por la Ley N° 27.260, el cual incluyó entre las opciones de inversión para los activos del FGS, el otorgamiento de créditos a los beneficiarios del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) por hasta un máximo del VEINTE POR CIENTO (20%) del total del FGS y bajo las modalidades y condiciones que ANSES establezca.

Con la Resolución DE N° 361/16 reguló el otorgamiento de créditos a beneficiarios SIPA con activos del FGS, la transferencia del CIENTO POR CIENTO (100%) del monto del préstamo en la cuenta bancaria de los beneficiarios tomadores del crédito.

Mediante el artículo 1° del Decreto Nº 516/2017 se incorporó, como opción de inversión del FGS, el inciso n) al artículo 74 de la Ley N° 24.241, autorizándolo a otorgar financiamiento a los titulares de prestaciones no incluidas en el SIPA, cuya liquidación o pago se encuentre a cargo de la ANSES, hasta el CINCO POR CIENTO (5%) de los activos totales del FGS, bajo las modalidades y condiciones que establezca dicho Organismo.

Que en virtud de razones operativas y financieras, corresponde inicialmente instrumentar los préstamos bajo el “PROGRAMA ARGENTA” destinados a los titulares de derecho de las prestaciones del SIPA, titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, titulares de la Pensión No Contributiva por Vejez, Invalidez, a las mujeres titulares de derecho a la Pensión No Contributiva de Madres de 7 o más hijos y a la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social, en las condiciones establecidas en la presente, y en el marco de lo previsto en los incisos m) y n) del artículo 74 de la Ley N° 24.241.

Lineamientos generales de cómo solicitar el préstamo

+ El titular debe ser mayor a 18 años  y menor de 91 años al momento de finalizar el préstamo.

Monto a solicitar

+ Mínimo de $5.000

+ Máximo de $60.000

+ Cuotas: 12, 24, 48 y 60.

+ Afectación: 30% de la relación cuota/ingreso.

ACREDITACIÓN: El monto será acreditado en la Cuenta de la Seguridad Social (CBU), en la cual cobra habitualmente el beneficio de ANSES, en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles.

 Aviso Legal

Tasa fija en pesos: Sistema de amortización francés. CFT (efectivo anual) 12 cuotas: 24,87%; 24 cuotas: 27,42%; 48 cuotas: 27,49%; 60 cuotas: 27,82%. Incluye capital, intereses, seguro de vida sobre el saldo deudor y gastos administrativos. El valor informado de la primera cuota es estimativo y reviste de carácter orientativo. Este servicio es a modo de ejemplo y no representa ninguna obligación para ANSES. La información en este sitio puede ser modificada o actualizada sin previo aviso. El préstamo se acreditará en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles de la solicitud, en la cuenta bancaria donde cobra su haber previsional.

El día del turno

+ Presentarse con original y copia del Documento de Identidad Digital (con excepción de los mayores de 75 años, cumplidos al 31 de diciembre de 2014) en la oficina de ANSES asignada al momento de solicitar el turno.

+ Elegir el monto del préstamo y la cantidad de cuotas siempre que tenga cupo disponible y que la relación cuota–ingreso no supere el 30% de los ingresos netos mensuales.

+ Firma la Solicitud del préstamo.

+ El monto será acreditado en la Cuenta de la Seguridad Social, es decir en la cuenta donde cobra habitualmente el haber previsional, en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, desde la aprobación del préstamo.

 

 

 

 

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