Número de edición 8481
Generales

EDICTO, en autos, ” Ruiz Joscelyn Damaris s/Abrigo ( Expte LM23849-2021 )

DIARIO N.C.O., EDICIÓN DEL DÍA VIERNES 03 de DICIEMBRE DE 2021.-

EDICTO

El Juzgado de Familia nro. 1, del Departamento Judicial de La Matanza,
Secretaria Única a cargo de la Dra. María Beatriz De Luca, sito en la calle Jujuy
esquina Colombia de San Justo, La Matanza; en autos caratulados ” Ruiz
Joscelyn Damaris s/Abrigo ( Expte LM23849-2021 ) a los fines de notificar a la
Sra. Nadia Solange Segura con DNI 36.074.457 la siguiente providencia; ” San
Justo, 24 de Agosto de 2021; RESUELVO: 1.- Declarar legalmente admisible
la medida de abrigo adoptada con relación a JOSCELYN DAMARIS
RUIZ por el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño
(La Matanza) por estar con las formalidades y presupuestos legales establecidos
por la Ley 13.298 y modif. 14537.- 2.- Con el fin de no prolongar
innecesariamente la medida de abrigo, cumplir con los plazos establecidos por
la Ley 13.298 y su modif. 14.537, líbrese oficio al Servicio Zonal o Local de
Promoción y Protección de los Derechos del Niño de La Matanza, a fin que se
informen las estrategias y alternativas de trabajo abordadas a la fecha tendientes
a dar solución a la problemática ventilada en autos en los plazos establecidos en
el PER (Plan de Estrategias de Restitución de Derechos) (45, 90 y 120 días)y
para coordinar la intervención conforme lo dispuesto precedentemente y lo
normado por la Ley 13.298 y su modif. 14.537.- 3.- Dese intervención al Equipo
técnico del Juzgado (Trabajadora social y Psicóloga) a fin que en el plazo
máximo de 30 días, realicen un informe social en el domicilio donde se encuentra
JOSCELYN DAMARIS RUIZ . – Asimismo, deberá la perito psicóloga
interviniente, informar si la progenitora se encuentra realizando tratamiento
psicológico. En caso positivo, deberá realizar un seguimiento respecto del mismo
informando a esta judicatura mensualmente. Y en caso negativo, informar si
requiere tratamiento, qué tipo e instituciones posibles donde realizarlo a fin de
tomar las medidas pertinentes.- En el mismo sentido, deberá la perito
Trabajadora social recabar información respecto si JOSCELYN DAMARIS RUIZ
percibe AUH, estado de salud, educación, familia extensa y cualquier otro dato
de interés, debiendo informar los recursos disponibles para la problemática de
autos.- Hágase saber que se dará cumplimiento con lo normado por el art. 10 y
12 de la CIDN una vez que el Suscripto cuente con los informes requeridos en
los párrafos que anteceden.-4.- Regístrese. Notifíquese el presente resolutorio al
Servicio Local de Promoción y Proteccion de Derechos, a los Progenitores de la
niña de autos, pudiendo en caso de no ser habidos proceder conforme lo
peticionado, mediante el Ministerio Pupilar peticionante, quien deberá
confeccionar y diligenciar los instrumentos pertinentes.- 5.- Procédase a la carga
en el Banco de Identidad.- // San Justo, 17 de Noviembre de 2021. Tiénese
presente lo actuado y atento a lo pedido, líbrense los edictos de notificación
solicitados al Boletín Oficial y al Diario NCO. Confección a cargo de la
peticionate. Fdo. DI TADA DANIEL ALFREDO. JUEZ.-.
Publiquensen EDICTOS por el termino de dos días en el Boletín Oficial
y en el Diario “NCO” del Partido de La Matanza.
San Justo, 29 de Noviembre del 2021 .-

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