Noticias Judiciales de la Semana
El juez del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº3 de Mar del Plata, Santiago Inchasuti, dictó el último viernes 22 de septiembre la orden de prisión preventiva de un español quien arribó a la Argentina en estado de detención, por concedida su extradición activa por el Reino de España.
Por Hugo Lopez Carribero
Director del Instituto de Derecho Penal
Colegio de Abogados de La Matanza
Esto significa que el detenido en esta causa, quien llegó al puerto argentino mientras sobre él pesaba un estado de detención establecido por España, se encuentra actualmente privado de su libertad, debido a que el juez Santiago Inchasuti en su resolución analizó en profundidad la gravedad en las posibles consecuencias por el peligro de fuga existente en el caso que el imputado de nacionalidad española se diera a la fuga.
El instituto de prisión preventiva es un remedio legal que sólo se lleva a cabo en casos justificados, y busca, mediante la privación de la libertad, el normal desarrollo del proceso penal, y se otorga solo en los casos en los que, con respecto al imputado, existiera peligro de fuga o peligro de entorpecimiento de la investigación.
Por otro lado tenemos la extradición activa, que se configura cuando nuestro país le requiere a un Estado extranjero (en este caso España) el envío de una persona que se encuentra en su territorio, con los fines de la aplicación de la ley penal del Estado solicitante.
En el marco de esta causa, la investigación versa sobre la captación de mujeres argentinas mayores de 18 años, que se encuentran en situación de vulnerabilidad, mediante engaños, por parte de sujetos españoles, para luego trasladarlas a España con fines de explotación sexual, agravada por la cantidad de sujetos activos y por la cantidad de víctimas.
Esta causa comenzó cuando seis ciudadanas argentinas se presentaron ante el consulado argentino en Madrid, y expusieron detalladamente los motivos por los cuales se encontraban allí.
Las referidas damnificadas comentan que conocieron a sus captores en la ciudad de Mar del Plata. Estos hombres lograron convencerlas para que se trasladen a trabajar a España, engañándolas con promesas de una gran propuesta laboral, que se veía más que tentadora debido al estado de vulnerabilidad en el que se encontraban en aquel momento dichas mujeres.
Existió la captación y el traslado en la Argentina, y por otro lado el recibimiento y acogimiento en España.
La captación, fue lograda mediante abuso de la situación de vulnerabilidad en que se encontraban las víctimas, como así también en virtud de engaños, artificios, ingenio, y falsas promesas de beneficios económicos y sociales.
Las damnificadas expusieron que, al arribar a España, sufrieron situaciones de violencia ejercida sobre ellas, se les retuvo la documentación personal y no se les entregaba dinero obtenido por su prostitución. A todo ello se le suma la lejanía existente de las damnificadas con su lugar de origen y con sus familiares.
Por todo ello, el juez Santiago Inchasuti impuso prisión preventiva al extraditado, para de esta forma lograr que éste permanezca detenido a lo largo de su investigación y su proceso penal.
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El juez del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº3 de Mar del Plata, Santiago Inchasuti, dictó el último viernes 22 de septiembre la orden de prisión preventiva de un español quien arribó a la Argentina en estado de detención, por concedida su extradición activa por el Reino de España.
Por Hugo Lopez Carribero
Director del Instituto de Derecho Penal
Colegio de Abogados de La Matanza
Esto significa que el detenido en esta causa, quien llegó al puerto argentino mientras sobre él pesaba un estado de detención establecido por España, se encuentra actualmente privado de su libertad, debido a que el juez Santiago Inchasuti en su resolución analizó en profundidad la gravedad en las posibles consecuencias por el peligro de fuga existente en el caso que el imputado de nacionalidad española se diera a la fuga.
El instituto de prisión preventiva es un remedio legal que sólo se lleva a cabo en casos justificados, y busca, mediante la privación de la libertad, el normal desarrollo del proceso penal, y se otorga solo en los casos en los que, con respecto al imputado, existiera peligro de fuga o peligro de entorpecimiento de la investigación.
Por otro lado tenemos la extradición activa, que se configura cuando nuestro país le requiere a un Estado extranjero (en este caso España) el envío de una persona que se encuentra en su territorio, con los fines de la aplicación de la ley penal del Estado solicitante.
En el marco de esta causa, la investigación versa sobre la captación de mujeres argentinas mayores de 18 años, que se encuentran en situación de vulnerabilidad, mediante engaños, por parte de sujetos españoles, para luego trasladarlas a España con fines de explotación sexual, agravada por la cantidad de sujetos activos y por la cantidad de víctimas.
Esta causa comenzó cuando seis ciudadanas argentinas se presentaron ante el consulado argentino en Madrid, y expusieron detalladamente los motivos por los cuales se encontraban allí.
Las referidas damnificadas comentan que conocieron a sus captores en la ciudad de Mar del Plata. Estos hombres lograron convencerlas para que se trasladen a trabajar a España, engañándolas con promesas de una gran propuesta laboral, que se veía más que tentadora debido al estado de vulnerabilidad en el que se encontraban en aquel momento dichas mujeres.
Existió la captación y el traslado en la Argentina, y por otro lado el recibimiento y acogimiento en España.
La captación, fue lograda mediante abuso de la situación de vulnerabilidad en que se encontraban las víctimas, como así también en virtud de engaños, artificios, ingenio, y falsas promesas de beneficios económicos y sociales.
Las damnificadas expusieron que, al arribar a España, sufrieron situaciones de violencia ejercida sobre ellas, se les retuvo la documentación personal y no se les entregaba dinero obtenido por su prostitución. A todo ello se le suma la lejanía existente de las damnificadas con su lugar de origen y con sus familiares.
Por todo ello, el juez Santiago Inchasuti impuso prisión preventiva al extraditado, para de esta forma lograr que éste permanezca detenido a lo largo de su investigación y su proceso penal.