
Estimados lectores: gracias por acompañarnos nuevamente con su lectura a través de Diario NCO desde un sector de Los Palabristas de hoy y de siempre. Revista literaria que fundé y dirijo desde el año 2001.
Por Mónica Caruso. Tapiales
carussomonica@gmail.com
La reseña biográfica de la semana es sobre Norberto Bobbio (Turín, Italia, 18 de octubre de 1909–9 de enero de 2004) fue un jurista, filósofo y politólogo italiano.
Vida
Hijo de Luigi Bobbio, cirujano en el Ospedale S. Giovanni de Turín, y de Rosa Caviglia, perteneció a una acomodada familia filofascista. En 1927 organizó la sección de la Avanguardia Giovanile Fascista en el liceo Massimo d’Azeglio en el que estudiaba y, al año siguiente, cuando comenzó sus estudios universitarios, se afilió al Partido Nacional Fascista. Tras graduarse en Derecho y Filosofía en la Universidad de su ciudad natal, fue profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad de Camerino desde 1935 hasta 1938, en Siena desde 1938 hasta 1940, y en Padua desde 1940 hasta 1948, volviendo por último a ejercer la docencia en Turín hasta 1979, fecha en la que fue nombrado profesor emérito de Filosofía Política. En 1943 se casó con Valeria Cova, de la que tuvo tres hijos: Luigi, Andrea y Marco. Perteneció a
de la Academia Británica desde 1966.
En 1935 fue arrestado por el régimen por primera vez, junto con sus amigos del grupo antifascista Giustizia e Libertà. Entre 1942 y 1943, durante la Segunda Guerra Mundial, fue encarcelado debido a su pertenencia a la resistencia italiana.
Fue nombrado senador vitalicio de Italia siendo Presidente de la República Sandro Pertini. Fue Doctor honoris causa por las Universidades de París, Buenos Aires, Complutense de Madrid, Bolonia, Chambéry y Carlos III de Madrid.
Pensamiento
Tanto en sus enseñanzas como en sus muchas obras, tales como Política e cultura (Política y cultura, 1955), ¿Da Hobbes a Marx (De Hobbes a Marx, 1965) y Cuale socialismo? (¿Qué socialismo?, 1976), Bobbio ha analizado las ventajas y desventajas del liberalismo y del socialismo, tratando de mostrar que quienes defienden ambas ideologías basan sus actividades en el respeto al orden constitucional y en el rechazo a los métodos antidemocráticos, incluyendo, como es obvio, el análisis y la crítica a la corrupción que ha caracterizado la vida política italiana de los últimos años y el terrorismo al que se opuso con energía durante las décadas de los años 1960 y 1970.
En los años cincuenta, Bobbio dedica diversos escritos a la defensa de la teoría pura del derecho de Hans Kelsen contra las críticas de iusnaturalistas y marxistas. En esa época, Bobbio concibe el ordenamiento jurídico desde un punto de vista estructural inspirado en el positivismo jurídico del autor austriaco citado. Bobbio es uno de los principales exponentes del socialismo liberal.
En filosofía, su pensamiento experimentó cambios determinantes, pasando de una posición inicialmente cercana a los planteamientos de la fenomenología y del existencialismo (que se puede datar entre 1934 a 1944) a una toma de postura cercana al empirismo lógico y la filosofía analítica. Abandonará la fenomenología pues aprecia en ella una suerte de teorización de la doctrina de la “doble verdad” y por ello un retorno a la vieja metafísica. También abandonará el existencialismo, denunciándolo por antipersonalista y apolítico.
Obras
Política y cultura (1955)
Italia civilizada. Retratros y testimonios (1964)
De Hobbes a Marx (1965)
¿Qué socialismo? (1976)
Norberto Bobbio: El filósofo y la Política. Antología, editorial Fondo de Cultura Económica, México, 1996 1a. Edición. Estudio preeliminar y compilación de los textos hecha por José Fernández Santillán.
El futuro de la democracia (1984)
Estado, gobierno y sociedad: por una Teoría General de la Política (1985)
Derecha e izquierda (1994, segunda edición 1995). Traducción castellana de Alessandra Picone, Taurus, Madrid, 1998.
Liberalismo e Democrazia Simonelli Editore (2006)
Teoría general del Derecho (1958 y 1960). Traducción castellana de Eduardo Rozo Acuña, Debate, Madrid, 1991
El problema de la guerra y las vías de la paz
El problema del positivismo jurídico. Traducción castellana de Ernesto Garzón Valdés, Editorial Universitaria de Buenos Aires, Argentina, 1965 (reedición mexicana en Fontamara, México, 1991).
Igualdad y libertad
El tiempo de los derechos
Las ideologías y el poder en crisis: pluralismo, democracia, socialismo, comunismo, tercera vía y tercera fuerza
La duda y la elección. Intelectuales y poder en la sociedad contemporánea
Elogio de la templanza
La izquierda en la era del karaoke
El tercero ausente
De senectute y otros escritos biográficos (1996)
Autobiografía (1997)
Perfil ideológico del siglo XX en Italia, Turín, (1960)
Derecha e izquierda (1994)
Diálogo en torno a la República, Bari, (2001)
Fragmento
El problema de la guerra y las vías de la paz
(Norberto Bobbio)
“La guerra es uno de los problemas centrales de
nuestro tiempo; hay quien afirma que es el problema central. No puede sustraerse a la reflexión sobre el mismo el filósofo que intenta trazar, a través de la experiencia del pasado, la vía, o las posibles vías, del futuro; y mucho menos puede hacerlo el filósofo del derecho, debido a los múltiples nexos que guerra y derecho tienen entre sí.
Hay por lo menos cuatro modos de considerar la relación entre guerra y derecho: la guerra como antítesis del derecho, como medio para realizar el derecho, como objeto del derecho, como fuente de derecho. Estos cuatro modos parecen contrastar entre sí, pero el contraste es aparente.
Ni siquiera se trata, como incluso podría suponerse, de cuatro puntos de vista diferentes sobre la guerra. Se trata, en cambio, sencillamente, de cuatro modos diferentes de entender el derecho y por tanto del hecho de que en las cuatro relaciones indicadas el término «derecho» presenta acepciones diversas. Cuando se habla de la guerra como antítesis del derecho, se entiende por «derecho» el ordenamiento jurídico en su totalidad; cuando se habla de la guerra como medio para realizar el derecho, se entiende «derecho» en su acepción de justa pretensión que se debe hacer valer contra el recalcitrante, incluso recurriendo a la fuerza, o sea de derecho subjetivo; cuando se habla de la guerra como objeto del derecho, se entiende «derecho» en su acepción más común de regla de conducta, o sea como norma jurídica; por último, cuando se habla de guerra como fuente de derecho, se entiende «derecho» en su acepción más vasta e incluso más indefinida de justicia. En las páginas que siguen llamaremos a estos cuatro modos de considerar la guerra en relación con el derecho guerra-antítesis, guerra-medio, guerra-objeto, guerra-fuente.
Fuente Wikipedia / epdlp.com
Queridos lectores espero que les haya gustado este pequeño vuelo literario.
Aquellos interesados en publicar material de su autoría en Los Palabristas de hoy y de siempre, deben enviar sus escritos como adjunto en Word a la dirección electrónica siguiente: carussomonica@gmail.com
Letra Arial 12. Título de la obra, nombre apellido o seudónimo.
Facebook: Revista literaria Los Palabristas de hoy y de siempre
Que tengan un excelente inicio de semana. Hasta el próximo lunes.