Edición N° 9151
Edictos y Asambleas

ORTIZ, VICTOR MANUEL – USUCAPION

DIARIO NCO, EDICIÓN N°9152 DEL DÍA MARTES 21 DE JULIO DE 2026

Edicto: JUZG. CIV.COM.CONC. Y FAMILIA 1A NOM.-SEC.1 – CARLOS PAZ EXPEDIENTE SAC: 13225254 –
ORTIZ, VICTOR MANUEL – USUCAPION – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION
CARLOS PAZ, 03/06/2026. Proveyendo la presentación que antecede: Téngase
presente para la oportunidad de su citación. En su mérito, provéase a la demanda de
usucapión: I.-Por iniciado el proceso de usucapión del inmueble que se detalla como
lote de terreno ubicado en Villa Parque Lago San Roque, Ped. San Roque, Dpto. Punilla
de esta Provincia de Córdoba, que se designa como Lote 100 de la Manzana 30
(designación oficial Lote 18 de la Manzana 30), inscripto en el registro de la Propiedad
a la Matrícula n° 822522. (antecedente dominial N°14205 F° 2.598 Año 1.972) el que se
tramitará como Juicio Ordinario. II.-Cítese y emplácese a los herederos del Sr. Galbani
Félix Luis (titular registral), Luis Orlando Galbani, Osvaldo Norberto Galbani y Angela
Gugliotto, para que en el término de 20 días comparezcan a estar a derecho, bajo
apercibimiento de rebeldía. A cuyo fin publíquense edictos cinco veces por el termino
de 20 días conforme lo dispuesto por el artículo 165 del CPCC, debiendo consignarse el
presente proveído de manera completa, en diario local y de mayor circulación de la
ciudad de La Matanza, Provincia de Buenos Aires. III.- Cítese y emplácese a quienes se
consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión, a cuyo fin publíquense
edictos por diez veces durante 30 días en el Boletín Oficial y Diario a elección de la
parte actora (Acordada 29 Serie “B” del 2 /12/2001) debiendo dicho diario ser de tiraje
local y conforme lo dispone el art. 783 CPCC. IV.- Cítese a los fines de su intervención
si se consideran afectados en sus derechos, a la Provincia de Córdoba, Municipalidad de
Tanti y al colindante D´Aristotile Amilcar Arduino, titular de la parcela 7 – Matrícula
980.591 por edictos cinco veces por el termino de 20 días conforme lo dispuesto por el
artículo 165 del CPCC, debiendo consignarse el presente proveído de manera
completa.V.- Líbrese edictos que deberán ser exhibidos en la Municipalidad de Tanti,
donde deberán permanecer por un plazo de 30 días, siendo obligación de la actora
acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva (art. 785 CPCC). VI.-
Colóquese en lugar visible del inmueble un cartel indicativo con las referencias
necesarias respecto del presente, el que se deberá colocar y mantener durante toda la
tramitación del proceso, siendo a cargo del actor, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de
justicia. Notifíquese. VII.- A la medida cautelar solicitada, y atento la etapa procesal de
los presentes obrados: trábese Anotación de Litis en la forma solicitada sobre el
inmueble matrícula 822522, a cuyo fin ofíciese. FDO: Olcese Andres. Juez-Gutierres
Mariel Ester. Secretaria.

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