Número de edición 8481
GBA

Avances para la instalación de cámaras de seguridad de alto monitoreo en transportes públicos

Avances para la instalación de cámaras de seguridad de alto monitoreo en transportes públicos
Avances para la instalación de cámaras de seguridad de alto monitoreo en transportes públicos

La medida abarca a las unidades de traslado de pasajeros “de jurisdicción provincial y municipal que presten servicios dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires”.

Una de las principales problemáticas que mantiene en marcada preocupación a la sociedad argentina tiene que ver con la inseguridad y las consecuencias que ello puede suponer para la población.

 

En este contexto, resulta fundamental establecer e implementar medidas que contribuyan a garantizar el bienestar y la seguridad de la ciudadanía, particularmente en la vía pública y en el uso del transporte público.

 

En ese sentido y de acuerdo a la información a la que tuvo la oportunidad de acceder Diario NCO, continúa el procedimiento de actuación para la implementación de cámaras de seguridad de alto monitoreo en los medios de transporte.

Detalles de la iniciativa

En lo que respecta a la puesta en marcha de esta medida, el informe consultado señaló que “a través del dictado de la Ley N° 14.897, se estableció la obligatoriedad en relación al establecimiento de esta medida en las unidades de transporte de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal que presten servicios dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires.

 

En esa línea, la disposición plantea que las unidades de transporte de pasajeros “cuenten con cámaras de seguridad en el interior de cada vehículo, que filmen en tiempo real y almacenen las imágenes durante un período de tiempo cierto”.

 

Según el reporte publicado, “el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, en carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley citada, vela por el efectivo cumplimiento de la instalación de equipos de cámaras de seguridad en las unidades vehiculares, por parte de las empresas prestadoras de servicios públicos de transporte de pasajeros”.

 

Puntos claves del proyecto

En vinculación con lo desarrollado previamente, el informe explicó que “la empresa prestataria deberá adquirir el equipamiento de cámaras de seguridad conforme las características y especificaciones técnicas previstas en el Decreto N°342/18 y las Resoluciones N°1.578/18 y N°10/19 del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires”.

 

En tanto, dicho reporte indicó: “La empresa prestataria de servicios públicos de transporte de pasajeros, cuyas unidades vehiculares dispongan de un equipo de cámaras de seguridad otorgado por el Ministerio de Seguridad bonaerense deberá “adquirir el dispositivo de conectividad 4G, con un plan de datos activo no inferior a 5GB, proporcionado por cualquier empresa prestadora de telefonía móvil.

 

A su vez, también tendrán que descargar de la página web gba.gob.ar/transporte/ la nota modelo de solicitud “Alta de Monitoreo” y completarla con los datos de la firma solicitante correspondiente, como así también el formulario excel “Nómina de Unidades con Cámaras de Seguridad”.

 

Posteriormente tendrán que enviar ambos archivos a través del correo electrónico altascamarasdeseguridad@transporte.gba.gob.ar  y luego recibirán como respuesta automática un correo electrónico con la “Constancia de Envío de Documentación”.

Evaluación de la medida

 

En concordancia con lo explicado, el documento brindado a este medio detalló que “el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires solicitará informes periódicos al Ministerio de Seguridad provincial, a efectos de constatar el continuo y efectivo reporte de monitoreo de los equipos instalados”.

 

“En el supuesto caso en el que se advierta de oficio la desvinculación de la señal de algún equipo de cámaras de seguridad, se notificará a la empresa prestataria y se intimará a la misma por el plazo que determine el Ministerio de Transporte, para que la firma propietaria de la unidad vehicular, gestione su corrección”, amplió el escrito.

 

A su vez, el informe también anticipó que “a partir del 1 de febrero de 2024, al momento de someter la unidad vehicular a la Verificación Técnica Vehicular (V.T.V.), la planta verificadora controlará la instalación del equipo de cámaras de seguridad”.

 

En ese sentido y ya a modo de conclusión, el reporte agregó y precisó que la planta verificadora también controlará “la convergencia.

 

de su señal de monitoreo en la plataforma que gestiona y administra el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires”.

 

Fuente fotografía: Télam

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