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El instituto de juicios por jurados es un mandato establecido en la Constitución Nacional desde 1853, estableciendo que los juicios, en especial los criminales, deben ser juzgados por jurados criminales.
A nivel internacional, el juicio por jurados tiene una larga tradición y se aplica en diversos países como Estados Unidos, Inglaterra, Alemania, Canadá, Australia, España y Puerto Rico entre otros.
En Argentina, ya son varias las provincias donde los ciudadanos son los encargados de dar el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. Córdoba fue la primera en el año 2004, seguida por Neuquén en el 2011, Buenos Aires y Chaco en el 2015, y por último Río Negro, cuya ley entró en vigencia en el 2018.
Este instituto se establece para casos de gravedad, cuya pena mínima sea de ocho años. En caso de que la pena no alcance los ocho años, el imputado podrá pedir ser juzgado bajo la mirada de estos doce jurados.
Los jurados no deben estar involucrados al proceso previo ni deben ser parte del Poder Judicial, como requisito fundamental, deben ser de nacionalidad argentina, o tener cinco años de ejercicio de la ciudadanía, y deben tener entre 21 y 65 años de edad. Son elegidos mediante el padrón electoral, deben ser un total de doce integrantes, los cuales seis de ellos tienen que ser de sexo femenino y los otros seis de sexo masculino.
El rol de un jurado, requiere de una responsabilidad pública y es obligatoria, de modo que los empleadores tienen el deber de respetar los recaudos de ley y los derechos laborales. Asimismo, a los integrantes del jurado, se les entrega una remuneración por formar parte de aquella instancia y se les garantiza el pago de viáticos.
En cuanto a la modalidad del juicio, debe ser oral y público, para lograr una mayor transparencia a las decisiones judiciales y que la realidad pueda ser palpable para todos aquellos que permanecen en la sala. A su vez, se obliga a las partes a dejar de lado el lenguaje jurídico, adoptando un lenguaje más sencillo susceptible a la comprensión de todos los presentes. Esto también provoca que tanto abogados como fiscales, trabajen mucho más en sus defensas e intenten convencer a las doce personas seleccionadas para obtener su resultado favorable.
De acuerdo a la realización de determinados estudios que se realizaron alrededor del mundo, se estableció que los juicios por jurados demuestran un aumento de legitimidad y confianza de la ciudadanía hacia el sistema de justicia, ya que se sienten parte activa y asumen ese cargo con responsabilidad, comprometiéndose con los deberes públicos e interesándose en el funcionamiento de las políticas estatales.
El rol de los jurados es el más importante, ya que deben presenciar toda la audiencia del juicio, siendo espectadores de la exposición de pruebas de las partes que lo intentarán convencer y persuadir a la hora que se decidan por un veredicto.
Una vez que el jurado delibere, dicha deliberación es secreta. En cuanto a la declaración de culpabilidad o inocencia, el jurado debe ponerse de acuerdo, se debe alcanzar la unanimidad, y en el caso que no logre hacerlo en un plazo razonable, se declara al juicio como “estancado” y es potestad del juez convocar o no a otro juicio. Esto último rara vez sucede y en los casos de que así se presente, se debe a las mayores exigencias que piden los jurados para tener más pruebas en que basar su decisión.
En el caso de que el acusado sea declarado culpable, el monto de la pena será pura y exclusiva decisión del juez. En caso de que la decisión sea por la inocencia del acusado, es irrecurrible para el acusador.
Esta modalidad de resolución de casos mediante juicios con jurados populares, garantiza la participación ciudadana en la administración de justicia y le otorga mayor imparcialidad a las decisiones judiciales, ya que la decisión es tomada según la interpretación de doce personas completamente ajenas al proceso judicial.
Esto último no sólo favorece a la democracia de nuestro país sino que también vela y se adecúa a los derechos de la persona a quien se esté juzgando, ya que será cuestionado y juzgado por sus pares.
Por este funcionamiento, es el sistema que más respeta los derechos y garantías que se rigen dentro de un proceso penal.
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