Número de edición 8481
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Pautas para la entrega de grupos electrógenos

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Ponen pautas; La entrega de Fuentes Alternativas de Energía, que estaban contempladas en la Ley de Electrodependientes, quedó establecida este lunes a partir de una resolución que obliga a la empresas prestadoras a proveer el servicio a quienes estén inscriptos en el registro.

Ponen pautas; La entrega de Fuentes Alternativas de Energía (FAE), conocidas como grupos electrógenos, que estaban contemplados en la Ley de Electrodependientes, quedó establecida hoy a partir de una resolución publicada en el Boletín Oficial que obliga a la empresas prestadoras a proveer el servicio a quienes estén inscriptos en el registro.

Esa resolución del Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE), que lleva el número 544/2017, cubre uno de los últimos aspectos que faltaban implementar de la ley sancionada en abril pasado que, además, estableció un Régimen Tarifario Especial Gratuito para las personas electrodependientes.

En su artículo 3°, la resolución indica que “Edenor S.A. y Edesur S.A. deberán entregar la FAE en forma inmediata a los usuarios electrodependientes que así lo requieran y que estén inscriptos tanto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), con el número de registro que el Ministerio de Salud les otorgue, como en sus registros transitorios y que gocen del Régimen Tarifario Especial Gratuito”.

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En su artículo 3°, la resolución indica que “Edenor S.A. y Edesur S.A. deberán entregar la FAE en forma inmediata a los usuarios electrodependientes que así lo requieran y que estén inscriptos tanto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), con el número de registro que el Ministerio de Salud les otorgue, como en sus registros transitorios y que gocen del Régimen Tarifario Especial Gratuito”.

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