Edición N° 8482
Edictos y Asambleas

R., A.I. s/Abrigo LM10772-2024

DIARIO N.C.O., EDICIÓN N°8851 DEL DÍA MARTES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2025.

EDICTO: El Juzgado de Familia N° 1 del Departamento Judicial La Matanza, sito en la calle Jujuy y Colombia, de la localidad de San Justo, Pdo. La Matanza, a cargo de la Dra. Patricia Sara Gunsberg, Secretaria Única, dispone en los autos caratulados “R., A.I. s/Abrigo  LM10772-2024 ” notificar a la Sra. ANGELA SOLEDAD RODRIGUEZ, con DNI nº 38.943.687, por medio de la presente la siguiente resolución: “San Justo, 21 de agosto de 2025… Atento al estado de las presentes actuaciones y de conformidad con lo dispuesto por el art. 145 del CPCC., cítese a ANGELA SOLEDAD RODRIGUEZ por edictos, los que se publicarán por DOS dias en el Boletín Oficial y en el diario N.C.O. para que comparezca ante este Juzgado el día MIÉRCOLES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2025 A LAS 12:00hs. a los fines dispuestos por los artículos 10 Y 12 de la ley 14.528, su dec. regl. 445/13, haciéndole saber que deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, en el que se considerarán válidas todas las notificaciones. Asimismo, se le hace saber que en caso de carecer de recursos para contratar un abogado, le asiste el derecho de hacerse defender por el Defensor Oficial (correo electrónico para consultas defensalamatanza@mpba.gov.ar) bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que la represente, y haciéndole saber que en caso de incomparecencia injustificada, se podrá declarar la situación de adoptabilidad de la niña de autos.-Notifíquese junto con la legalidad de la medida de abrigo…FDO. PATRICIA SARA GUNSBERG JUEZA. San Justo, 21 de mayo de 2024… RESUELVO…I.- Disponer la LEGALIDAD DE LAS MEDIDAS DE ABRIGO adoptadas para NN O R., I., (no posee D.N.I.) quien se encuentra cumpliendo dicha medida en HOSPITAL DR. NOEL H. SBARRA SITO EN CALLE 8 Nº 1689 ENTRE 66 Y 67 LA PLATA (art. 3.- 3.1 del Anexo 1 del Decreto Reglamentario 300/05, arts. 35 inc. h) de la ley 13.298, 92 y 100 de la ley 13.634, art. 3, 12 y 20 de la C.I.D.N.).II.- Procédase a efectuar la carga de datos correspondiente en el Registro Central de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción de la S.C.J.B.A. (Fase II) encomendando al actuario la adjunción en autos de la constancia respectiva en formato PDF.III.- Al pedido de audiencia, téngase presente para su oportunidad.IV.- Notifíquese…. FDO.  GONZALO GALLO QUINTIAN JUEZ PDS.

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