Número de edición 8481
Discapacidad

La Secretaría Nacional de Discapacidad de la CTA denunció a la CNRT por negar pasajes a personas con discapacidad 

La Secretaría Nacional de Discapacidad de la CTA denunció a la CNRT por negar pasajes a personas con discapacidad .

Los pasajes fueron rechazados a cinco personas que los requerían para viajar a distintas actividades en San Juan.

La Secretaría emitió un comunicado en el que denunció estos hechos de discriminación por ir en contra de los derechos de las personas con discapacidad consagrados en la Convención y ratificados por distintas resoluciones y decretos.

Por Melisa Correa

melisacorrea.prensa@gmail.com

La Secretaría Nacional de Discapacidad de CTA de los trabajadores de la Nación y la Secretaría de Discapacidad de la CTA de los trabajadores San Juan repudiaron las actitudes discriminatorias que recibieron cinco personas con discapacidad a las cuales la Central Nacional de Regulación del Transporte les negó los pasajes para viajar a diversas actividades de la CTA como de la confederal de discapacidad que se desarrollan durante esta semana en la provincia de San Juan.

Según el comunicado de denuncia emitido por las secretarías de la CTA las personas debían trasladarse a la provincia de San Juan el martes 2 de abril y regresar el viernes 5, pero no pudieron hacerlo debido a la negativa del boleto cuyo otorgamiento sin embargo es obligatorio.

“Este tipo de discriminación no es aislado, está pasando en todo el país con las personas con discapacidad, como CTA de los trabajadores venimos denunciando este tipo de arbitrariedades. Desde que cambiemos asumió el poder sólo ha cercenado los derechos de las personas, tenemos denuncia desde el norte al sur y del este al oeste del País”, Señalaron desde la organización y agregaron que la ley es clara con respecto al transporte de pasajeros.

En esta línea, cabe destacar que en el año 2010 el máximo tribunal garantizó la gratuidad del transporte para las personas con discapacidad y declaró inconstitucional el artículo de un decreto que ponía límites a ese derecho, en tanto que puntualizó que “La asistencia integral de la discapacidad es una política pública del país”. Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del artículo 4, inciso b, del decreto 118 de febrero de 2006, el cual era reglamentario de las leyes 24.314 y 25.635 sobre protección integral de las personas con discapacidad.

Según dichas leyes, las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional (CNRT) deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre su domicilio y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social.

Por su parte, el inciso b del artículo 4 dispuso que si el servicio de transporte de larga distancia cuenta con 54 asientos esa obligación de transporte se limitará a una plaza para personas con discapacidad y una para su acompañante, mientras que en el caso de que la capacidad fuera mayor la obligatoriedad se extiende a 2 plazas para la persona con discapacidad y su acompañante.

Del mismo modo y amparados por lo establecido en los Decretos Nº 38/2004 y N° 118/2006 que garantizan los derechos de las PCD a viajar en el territorio nacional denuncian: “este gobierno de ricos para ricos desestiman las órdenes de la corte suprema de la nación y vuelven a implementar el decreto 118/06 que atenta contra el bienestar de las personas con discapacidad y su familia”.

Finalmente, en el comunicado firmado por el secretario provincial de discapacidad de la CTA de los trabajadores, Roque Osvaldo Naranjo y por la secretaria nacional de discapacidad de la CTA de los trabajadores, Remigia Cáceres, se expresa que en los servicios de larga distancia la solicitud debe hacerla el titular del certificado, con la documentación indicada, por lo menos 48 horas antes de la fecha prevista para el viaje.

Asimismo, se expone que mediante Resolución CNRT Nº430/16 se instrumentó el Sistema Web de Reserva Pasajes como nuevo medio de gestión para el transporte de larga distancia, ante lo cual denuncian que “de esa forma el gobierno nacional utiliza sus artilugio para seguir mintiendo a las personas con discapacidad porque tal sistema nunca se pudo utilizar de forma satisfactoria por los usuarios de los derechos”.

FOTO: braibook.com.

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