
De la mano de la lucha por el aborto legal, y porque se apruebe sin cambios en el Senado, la diputada nacional del PO-Frente de Izquierda, Romina Del Plá, va a dar batalla también en el Congreso para que se trate el proyecto de ley de modificación de la Ley Nacional de ESI, para garantizar su efectiva aplicación en todos los niveles educativos y una educación sexual laica y científica, libre de prejuicios oscurantistas.
“Buscamos subsanar y complementar la Ley de Educación Sexual Integral, para asegurar su plena aplicación contra el bloqueo sistemático que ha sufrido por parte de los gobiernos y la Iglesia Católica. Por eso esta propuesta se elaboró conjuntamente con sectores sindicales, del movimiento estudiantil, docente y del movimiento de mujeres, quienes son los verdaderos interesados en que una Ley de Educación Sexual cuestione profundamente un orden social que se basa en la opresión, la violencia y la discriminación. Por eso proponemos que en la aplicación de la educación sexual integral los centros de estudiantes, a los sindicatos docentes y a los movimientos de mujeres y colectivos de la diversidad sexual y de género tengan un rol central”, dijo Romina.
En esta propuesta, se plasma la exigencia de la separación de la Iglesia del Estado que la enorme lucha de las mujeres puso en primera plana como una condición indispensable para avanzar en sus derechos. Modifica el artículo 5 para impedir que la Iglesia Católica, en sus colegios, siga impartiendo una educación sexual reñida con los principios más elementales de la ciencia y el respeto a la diversidad. Jerarquiza los contenidos curriculares dándoles un espacio específico dentro de la currícula, con formato de talleres, que se complementen con contenidos transversales. A su vez, garantiza la impartición de información y educación en materia de anticoncepción y los métodos científicos disponibles para ello, ya que son la clave para el ejercicio libre, responsable y gozoso de la sexualidad por parte de la juventud, incorporando así el derecho de acceso a la anticoncepción, la salud sexual, abortos seguros e inseguros y la atención sanitaria adecuada para la juventud.
PROYECTO DE LEY
“Modificación de la Ley 26.150 del Programa Nacional de Educación Sexual Integral para asegurar su plena aplicación en todas las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal”
Artículo 1.- El objetivo de la presente ley es la modificación de la Ley 26.150, que establece la enseñanza de Educación Sexual Integral en los establecimientos educativos públicos y privados de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal., para asegurar su plena aplicación.
Artículo 2.- Se reemplaza el artículo 1° de la Ley 26150, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- Todas/os los estudiantes tienen derecho a recibir educación sexual integral, científica y laica, desprovista de vínculos de sometimiento de cualquier tipo y respetuosa de la diversidad sexual y de género, con carácter formativo respecto de la atención en salud para los adolescentes y en métodos de anticoncepción basado en conocimientos científicos, en los establecimientos educativos públicos y privados de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral, científica y laica la que articula aspectos biológicos, psicológicos y sociales.
Artículo 3.- Se reemplaza el artículo 5° de la Ley 26150, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 5.- Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales garantizarán la realización obligatoria, a lo largo del ciclo lectivo, de acciones educativas sistemáticas con contenidos específicos y transversales, en los establecimientos escolares, para el cumplimiento del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, brindando información científica respecto de la anticoncepción y sus métodos, y promoviendo la participación de centros de estudiantes, sindicatos docentes, organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres y de la diversidad sexual y de género, y distintos especialistas para abrir un debate colectivo que apunte a examinar la sexualidad a la luz de las relaciones entre las personas en el presente de nuestra sociedad, examinando de manera crítica tanto los vínculos interpersonales como los lineamientos impartidos por el Estado a través de sus políticas, sus leyes, reglamentos y perfiles institucionales, y
Artículo 4.- Se reemplaza el texto del artículo 8° de la Ley 26150, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 8.- Cada jurisdicción implementará el programa a través de:
La creación de espacios curriculares exclusivos para el dictado de ESI y contenidos transversales en todos los niveles educativos bajo su dependencia
El nombramiento de las y los docentes necesarios para el dictado de la materia-taller tanto en las escuelas de gestión estatal como privada, para de este modo garantizar no solo el dictado sino también la orientación pedagógica y de contenidos que estipula la presente ley.
La formación y actualización en servicio en ESI, con puntaje de las y los docentes, a fin de que puedan tener las herramientas necesarias para abordar el proceso de enseñanza-aprendizaje sobre lo establecido en la presente norma.
La ampliación de los cargos de profesionales de los equipos interdisciplinarios (EOE, DOE y otros) con el objetivo de que en un período de dos años funcionen gabinetes interdisciplinarios en todas las escuelas de todos los niveles, incorporando profesionales psicólogos, abogados y médicos para abordar los casos de violencia de género que pudieran presentarse en el establecimiento.
La creación de carreras, postítulos, capacitaciones, de Educación Sexual Integral a fin de contar con docentes especialmente formados para el dictado de cátedras y talleres. Se abrirán las comisiones y se nombrarán los docentes necesarios para atender la totalidad de la demanda de vacantes.
Artículo 5.- Se reemplaza el inciso c) del artículo 9° de la Ley 26150 que quedará redactado de la siguiente manera:
c) Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa promoviendo la oferta de talleres de formación y reflexión para madres, padres, tutores, familiares y todo otro responsable legal, al respecto del ejercicio y goce de una sexualidad libre, donde primen los principios de respeto e igualdad entre géneros y de cuestionamiento a los vínculos de dominación y sometimiento tanto interpersonales como desde el Estado y sus instituciones.
Artículo 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El proyecto que presentamos es una elaboración colectiva de estudiantes, docentes y compañeras de movimientos de lucha de la mujer, que junto al equipo de la diputada Romina del Pla del Frente de Izquierda, realizamos como aporte al movimiento de lucha que recorre nuestro país reclamando el dictado de la educación sexual integral en todos los establecimientos educativos. El proyecto complementa a la Ley de Educación Sexual Integral, para asegurar su plena aplicación contra el bloqueo sistemático que ha sufrido por parte de los gobiernos y la Iglesia Católica. Si bien se trata de reformas acotadas, su urgencia ha quedado demostrada en el debate por el aborto legal y la necesidad de evitar la injerencia de sectores que bajo la cobertura de creencias personales demostraron una negativa a la formación científica y laica, respetuosa de la diversidad sexual y que eduque en el cuestionamiento a vínculos opresivos y de sometimiento de todo orden. Asimismo, este proyecto de ley nacional tiene como antecedente los proyectos presentados por la banca del Partido Obrero en el Frente de Izquierda en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires (a través del diputado Gabriel Solano) y en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires (presentado por el diputado Guillermo Kane), contando esta última con media sanción de la cámara de diputados provincial.