
TORTURAS EN EL COMPLEJO PENITENCIARIO DE EZEIZA.
Por: Dr. Hugo López Carribero
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata, compuesto por
los jueces Alejandro Daniel Esmoris (presidente), Pablo Daniel Vega y
Germán Andrés Castelli, dio a conocer el veredicto en un juicio oral por
imposición de torturas.
Los principales autores del delito de tortura, cometido el 9 de diciembre
de 2007 fueron miembros del Servicio Penitenciario Federal de Complejo de
Ezeiza, y las víctimas de estos sucesos fueron Lucas Matías Mendoza y
Claudio David Núñez.
Rubén Oscar Constanín, se desempeñaba como jefe de la Unidad Residencial II
del Complejo de Ezeiza, y fue encontrado culpable, y condenado por el
tribunal a 6 años de prisión.
Además, también fueron condenados Sergio Hernán Giménez y Pablo Andrés
Jara, dos miembros del cuerpo de requisa de la mencionada Unidad, a 5 años
de prisión.
En tanto, Jorge Enrique Puppo, encargado general del cuerpo de requisa del
Complejo, y su auxiliar Víctor Darío Salto fueron absueltos.
Los fundamentos de la sentencia serán expuestos en una futura audiencia
fijada por los jueces para el 16 de agosto próximo, a las 18.00 hs.
Según informaron desde el tribunal, el caso que nos ocupa, si bien ocurrió
en el año 2007, había sido archivado sin resolución judicial.
Sin embargo, en el año 2014 la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
sentenció al Estado argentino investigar esta clase de hechos, los cuales
habían sido oportunamente denunciados por la defensora general de la
Nación, Stella Maris Martínez.
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio del fiscal de
instrucción, se atribuyó a agentes del Servicio Penitenciario Federal
responsabilidad tras una discusión entre internos.
Los protagonistas de esta discusión, terminaron siendo víctimas de apremios
y torturas, mediante el abuso de poder en ellos ejercido por los agentes
condenados por la Justicia.
En efecto, Lucas Matías Mendoza y Claudio David Núñez fueron retirados
violentamente del Pabellón B de la Unidad Residencial II de dicho Complejo
para trasladarlos hasta la celda de alojamiento transitorio, comúnmente
denominada “leonera” en la jerga penitenciaria.
Al llegar a “la leonera”, los internos fueron arrojados al piso, boca
abajo, esposados con sus manos a la espalda. Posteriormente, los agentes
del Servicio Penitenciario Federal comenzaron a golpearlos fuertemente en
distintas partes del cuerpo, especialmente en las plantas de los pies,
tobillos y pantorrillas.
Esta violencia se ejerció mediante palos y/o bastones como práctica de
tortura, que se conoce como “pata-pata” o “falanga” en la jerga carcelaria
argentina.
Al ser frecuente este ritual, los internos ya han hecho su sinónimo en su
vocabulario carcelario, prueba ineludible de la habitualidad de este tipo
de actos, los cuales finalmente terminaron en una condena privativa de la
libertad para la mayoría de sus responsables.