Número de edición 8481
La Matanza

Reconocimiento: Bomberos y Rescatistas = Héroes anónimos. Por: Dr. Juan Carlos Amarilla

MAT6 Bomberos1 (1)

 En homenaje a: Bomberos y Rescatistas: “Leonardo Day (Jefe Zona 1, Bomberos, P.F.A.);  Anahí Garnica (Subinspectora: la primer mujer bombero de la P.F.A.),  Eduardo Adrián Conesa (Cabo,  de Bomberos de la P.F.A.); José Luis Méndez (Rescatista Defensa Civil GCABA y bombero voluntario en Villa Domínico); Juan Matías Monticelli (Agente Bombero P.F.A.); Pedro Barícola (Rescatista de Defensa Civil, GCABA); Maximiliano Martínez (agente Bombero P.F.A.); Sebastián Campos (Bombero Voluntario, cuartel Vuelta de Rocha, La Boca) y Damián Veliz  (Cabo 1° de Bomberos de la P.F.A.).

El 21 de enero de 1994, el cuerpo de bomberos voluntarios de Puerto Madryn recibió el alerta acerca de un incendio de campos a tres km. del acceso sur de la ciudad, allí concurrieron todos los niños de la foto, bomberos voluntarios -inexpertos aún de entre 11 y 25 años-, el pasado 21 de enero de 2014 hizo 20 años de aquel trágico hecho, donde 25 de estos niños perdieron la vida por ayudar a otros ciudadanos en peligro. ¡¡¡Tremendo Ejemplo!!!

Hasta entonces no había una ley nacional que los protegiera y les diera algún tipo de subsidio a los que quedaban inutilizados para el servicio o para sus deudos si fallecían, fue esa reparación, a través de la ley nacional N° 25.054. (*).

Por: Dr. Juan Carlos Amarilla  

jcamarilla961@gmail.com

Recientemente cuando escribí la nota “Trabajadores Anónimos=Bomberos” :           http://diarionco.net/index.php/zonal/la-matanza/4743-trabajadores-anonimos-los-bomberos-por-dr-juan-carlos-amarilla, lo fue en cierta manera reivindicando el  trabajo diario, abnegado, forzoso, voluntarioso, de alma, de sangre, de corazón hacía ellos los BOMBEROS, y hacía mención a los niños de la foto, ahora recientemente los titulares de todos los diarios y medios de comunicación masivos de Argentina y del mundo reflejaban estas otras imágenes:

http://www.clarin.com/ciudades/desenlace-miercoles-companeros-BarracasGUSTAVO-CASTAING_CLAIMA20140209_0098_17.jpg

Nuestros queridos bomberos argentinos de la Policía Federal Argentina (6), los bomberos voluntarios de la Vuelta de Rocha, La Boca (1) y rescatistas de Defensa Civil del Gobierno de la CABA (2), en palabras de él Jefe del Destacamento de San Telmo, Juan ramón Muñoz, tuvo a su cargo a Sebastián Campos, el único bombero voluntario que murió en la tragedia de la calle Azara en Barracas, la semana pasada: “NOSOTROS SIEMPRE DECIMOS QUE DIOS NOS ACOMPAÑA EN NUESTRO TRABAJO, PERO HOY SE BAJO DE LA DOTACION”.(Fuente: Clarín del 6-2-14 páginas 1 a 8 inclusive).

Qué más decir, que cada vez que un siniestro los unió, “Cromañon”, las tragedias ferroviarias de Once (2) y la recientemente de Castelar, el accidente vial en la ruta 2 del año pasado (por la quema descontrolada e innecesaria  de pastizales); el reciente accidente del viernes pasado en Mendoza del camionero ebrio y el micro donde murieron muchos argentinos de nuevo, la explosión del  edificio en Rosario en 2013, los halló a los bomberos policiales, voluntarios y rescatistas, incluido el SAME y tantos otros cuerpos de voluntarios médicos, paramédicos, enfermeros, policías, etcétera del resto del país, trabajando coordinadamente y aún con limitaciones, como parece ser que está saliendo a la luz en estos días.

El operativo estuvo constituido por la Superintendencia de Bomberos (100 hombres, cuarteles 1 y 2); la Superintendencia de Seguridad Metropolitana (50 hombres trabajando en tránsito y seguridad); Bomberos Voluntarios de San Telmo (2 autobombas y 20 hombres); Bomberos Voluntarios de La Boca (3 dotaciones, entre 10 y 30 hombres cada una); el Departamento de Asistencia a las víctimas de la PFA; un helicóptero de la Policía Federal; el jefe de la PFA, comisario general Román di Santo; el SAME (30 ambulancias); y personal de Defensa Civil.

Pero el denominador común a tener en cuenta para recordar a los caídos en cumplimiento del deber, es -poner de una buena vez las barbas en remojo- y preguntarnos en esta Argentina  -que intentan por todos los medios, desunirnos- cuando nos caracterizamos  por ser siempre solidarios, es la falta de control constante del Estado (el que sea) de si las empresas del rubro de que se traten están en regla o no. Lo que sugiero no es nada nuevo, las empresas como la que se incendió y que dio origen a este lamentable siniestro con pérdidas de vidas que causan un daño físico, psíquico y moral irreparables, no solo a las familias de los fallecidos, si no también a las de los heridos, a los vecinos del predio siniestrado, a las empresas que confiaron sus documentaciones en la empresa destruida, también tienen sus tremendas pérdidas materiales y patrimoniales y ni que hablar de si esa documentación no tenía aún soporte magnético o estaban en proceso de digitalización; muchas conjeturas se podrán tejer alrededor de porqué pasó lo que pasó, si funcionaron las alarmas o no, si se pusieron en funcionamiento o no las instalaciones automáticas contra incendios, que no debieran fallar y supuestamente fallaron.

MAT6 Bomberos1 (2)

                Estás empresas atienden al sector público, al privado: bancos, compañías de seguros, de salud, etcétera ¿realmente estaban dadas las condiciones para su pleno funcionamiento en un predio urbano? No lo sabremos hasta que avance la investigación judicial en trámite; lo cierto es que los tiempos de las justicia, no son los tiempos de los mortales, y ni que hablar de los familiares de los fallecidos. No hablaré hoy de los distintos tipos penales y civiles que caben en este siniestro, es la Justicia quien debe hacerlo.

                Hoy que tanto nos preocupa la “Historia Clínica Digital”, sabrán ustedes que es obligatorio preservar y guardar la H.C. en papel, esta empresa uno de los documentos que podría llegar a guardar son por ejemplo las H.C. de los pacientes, pues la papelización, es un fenómeno que tiende a desbordar cualquier archivo.  Por solo dar un ejemplo, una de las medidas que rápidamente el Gobierno Nacional ordenó fue saber qué empresas eran atendidas por la empresa siniestrada, y si cotizaban en la Bolsa de Valores, pues de allí se podrá determinar -si como se piensa-no es aún concreto, se estaba ante un caso de “ahorro de costos en medidas de seguridad”, no solo de la siniestrada, si no también de las empresas que archivaban  allí sus documentaciones. Ni que hablar de las tantas certificaciones obtenidas por otras empresas del ramo, y que son obligatorias lograr: las Normas ISO 9001, ISO 27.001, Registro Nacional de Bases de Datos, del INTI, cumplir con las últimas normas internacionales de reciclados de papel.

                Volviendo a nuestros HÉROES, en el caso del Escalafón del Personal de la Policía Federal Argentina,  los rige la Ley  Nacional N° 21.965 y sus modificaciones: ARTICULO 1°. – La presente Ley alcanza al personal con estado policial de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y regula los derechos de los causa habientes. ARTICULO 2° – El personal policial se agrupa en los escalafones determinados en los Anexos II y III de la presente Ley.  Ingresos: ARTICULO 37 – El Personal Superior del cuadro permanente se incorporará: a) El de los Escalafones de Seguridad, Bomberos  Comunicaciones , previa capacitación en la Escuela de Cadetes “Coronel Ramón L. Falcón”, y b) El perteneciente al resto de los Escalafones que cita el Anexo II y otros que se creen pa
ra desempeñar funciones profesionales, previa capacitación en la Escuela de Cadetes “Coronel Ramón L. Falcón” o por concurso de admisión y posterior curso de adaptación y obtención de las aptitudes propias del estado policial, según lo que determine para cada una de las especialidades que lo conforman la Reglamentación de esta Ley.(Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N°23.004 B.O. 12/12/1983.)

Promociones: ARTíCULO 57 – El ascenso extraordinario podrá producirse en los siguientes casos: a) Por acto destacado del servicio, cuyo mérito se acredite fehaciente y documentadamente. b) Por pérdida de las aptitudes psíquicas y/o físicas a causa de un acto como se detalla en el inciso a); c) Por pérdida de la vida en las mismas circunstancias precedentes (ascensos “post — mortem”). ARTÍCULO 58 – Los ascensos extraordinarios serán concedidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL o por el Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, de acuerdo al grado del promovido, según las normas que se determinan para los ascensos ordinarios. Cuando se trate de ascensos “post – mortem” o el promovido se encuentre llamado a prestar servicios o retirado, serán otorgados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA .Fuente: http://www.pfa.gov.ar/ TE EMERGENCIAS BOMBEROS: 100.-

Defensa Civil: es regida por la Ley Nacional N° Ley 22.418

                BUENOS AIRES, 5 de marzo de 1981Boletín Oficial, 11 de marzo de 1981

 ARTICULO 4.- Para la eficaz ejecución de las operaciones en la emergencia, y a los fines de la defensa civil, quedan obligados a prestar sus servicios, los órganos de la administración pública nacional, provincial y municipal y los entes estatales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, que por su actividad específica fueren necesarios. Fuente: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/seguridad_justicia/emergencias/plan_maestro.php TE EMERGENCIAS DEFENSA CIVIL: 103 – SAME: 107.-

REGIMEN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS: Ley 25.054

Misión y Funciones. Autoridad de Aplicación, Subsidios y Exenciones.            Indemnización y Beneficios. Disposiciones Transitorias. Sancionada: Noviembre 18 de 1998.Promulgada Parcialmente: Diciembre 10 de 1998.Artículo 1°: “La presente ley regula la misión y organización de las asociaciones de bomberos voluntarios en todo el territorio nacional y su vinculación con el Estado nacional a través de la Dirección Nacional de Defensa Civil de la Secretaría de Seguridad Interior del Ministerio del Interior, disponiendo la ayuda económica necesaria que permita el correcto equipamiento y la capacitación de sus hombres a los efectos de optimizar la prestación de los servicios, en forma gratuita a toda la población ante situación de siniestros y/o catástrofes. “(*).

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