Número de edición 8481
La Matanza

La Matanza: Recuerdan la norma vigente sobre los festejos de Carnaval

MAT7 CARNAVALEn virtud de la proximidad de los festejos de carnaval y con el objeto de salvaguardar la seguridad y salubridad de la población, la Secretaría de Control Comunal recuerda que los festejos de carnavales y precarnavales pueden realizarse exclusivamente en predios cerrados y adecuados a esos fines, quedando excluidos los espacios públicos.
La Ordenanza Nº 11.290 establece que la entidad solicitante deberá gestionar la autorización municipal correspondiente, iniciando expediente administrativo con la siguiente documentación:
+ Solicitud expresa.
+ Autorización o contrato de alquiler del titular del predio.
+ Dirección y localización exacta del lugar.
+ Fechas prefijadas.
+ Acuerdo suscripto entre el organizador del festejo y una Cooperadora de Hospital o Sala de Salud Municipal a su elección.
+ Acreditación de contratación de seguro de responsabilidad civil que cubra por eventuales riesgos a los participantes, quedando eximida la Municipalidad por cualquier daño que se produzca.
+ Asimismo, deberá presentar informe de riesgo antisiniestral aprobatorio y croquis de evacuación y medidas de salida.
+ Acreditación del pago de Derechos de espectáculos Públicos conforme Ordenanza Fiscal por la cual se establezca un porcentaje no inferior al 20% de los ingresos brutos percibidos para la realización del festejo que el organizador se comprometa a aportar a la entidad seleccionada al finalizar el mismo, que deberá encontrarse inscripta como Entidad de Bien Público en los Registros Municipales. Asimismo, el organizador, deberá publicitar el nombre de la entidad beneficiaría durante todo el evento, a cuyo fin deberá colocar un cartel con una superficie no inferior a los 2 metros cuadrados.

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