* Por Tullio Zembo
– ¿Cómo operan los denominados “fondos buitres” y cómo se llega al embargo de bienes de la Nación Argentina? ¿Es técnica y jurídicamente correcto el embargo de la Fragata Libertad? ¿Por qué se concreta el embargo específicamente en Ghana?
Un fondo buitre es un fondo de capital de riesgo o fondo de inversión libre que invierte en una deuda pública de una entidad o estado que se considera débil o cercana a la quiebra. Adquiere títulos de deuda pública a valores muy bajos, para después reivindicar el total de la deuda a través de fuertes y prolongadas acciones legales y presiones políticas. No olvidemos que los bonos son “títulos de crédito” y exigibles por el valor nominal. El embargo de la Fragata es, desde mi punto de vista, inaceptable por varios motivos reivindicados tan bien por el gobierno argentino y creo sinceramente que se solucionará la cuestión. Lo que si ya está perdido -y eso es el fin de esas acciones- es el tiempo y la imagen del país. Se concreta en Ghana porque tiene un sistema parecido al de EEUU y, evidente, porque estaba dispuesto a actuar. Las razones no cuentan, o mejor dicho para hacer valer razones uno debe gastar tiempo y dinero e imagen institucional. La idea es provocar un desgaste y una tensión para forzar decisiones en un gobierno. Recuerde el caso de Perú en el 2000. Lo que parece no ser el caso de Argentina, que sigue sosteniendo sus posiciones con mucha firmeza a pesar de las presiones.
– El Estado Argentino indica que no está en sus planes pagar las deudas en poder de los “fondos buitres” y que no va a negociar con ellos. ¿Se encuentra el Gobierno en posición de hacerlo? ¿Es una medida correcta? ¿Tiene argumentos para salir airoso de una disputa judicial en ese sentido?
– Estamos frente a un tribunal donde hay dos partes en pugna y quien decide es el juez; a las partes solo les queda acatar o entra en desacato. No creo sea aconsejable entrar en problemas y no aceptar las decisiones que tome el juez en primer grado o segundo o en extraordinarias. En síntesis, las partes pueden realizar todas las apelaciones pero, una vez finalizado el proceso, aceptar las resoluciones. Y Argentina es parte. La justicia muchas veces nos es ni justa, ni ética, ni moral, pero es obligación entres las partes.
¿Por qué los “fondos buitres” no ingresan al canje de deuda? ¿Es una operatoria deliberada, una estrategia de los especuladores con un fin específico?
– Lo último que haría un “fondo buitre” sería entrar en un canje propuesto; como señalé al principio de la entrevista; ellos compran para no entrar. La de los fondos buitre es una operación en extremo especulativa y deliberadamente amparada por las leyes internacionales….
– ¿Cómo puede repercutir esta situación en la imagen de la Argentina respecto de los mercados internacionales? ¿Puede haber un perjuicio o un beneficio en las finanzas nacionales y/o en las posibilidades de financiación internacional (ej. créditos del Banco Mundial, etc) luego de este conflicto?
– Imagino que hay dos repercusiones: una de los técnicos, que conocen bien la situación, y otra del “pueblo”, que se guía en general sólo por los títulos de los diarios….para la gran mayoría la imagen del país se ve perjudicada.
¿Qué es un “default técnico”? ¿Puede caer la Argentina en esa situación? ¿De hacerlo, cuáles serían las consecuencias?
– Default técnico es modificar las condiciones de pago en lugar y tiempo. Puede caer si decide cambiar la forma de pago, por ejemplo para evitar embargos. Entrar el default técnico es no cumplir con las obligaciones contraídas y sin dudas, no cumplir es “no cumplir”, y obvio, tiene consecuencias. Los bonistas de Italia entramos en el “canje” y ahora el solo hecho de pensar que un juez nos pone en la misma situación de quienes, a razón o no, y según su libre arbitrio, decidieron seguir la pelea judicial y no entrar me parece ridículo. Ojala las reglas internacionales que permiten estas situaciones sean cambiadas. Como puede ver, en esta situación los perjudicados somos los bonistas que entramos y los estados. No los “ buitres” Pero la verdad, y muy lamentablemente, es que “ellos”, los fondos buitres”, ahora tienen todas las de ganar. Y será muy difícil revertir esta situación. Ojala se logre; es lo que deseo.
Los bonistas italianos, amicus curiae, dicen no al pari passu y aldefault técnico
Los holds out y, contrario sensu, los holds in, eran en un tiempo legítimos posesores de bonos de la deuda argentina en perfectas paridad de condiciones como acreedores. Ahora, después de los respectivos canjes de 2005 y 2010, hay dos situaciones bien diferenciadas: los hold out, quienes decidieron en total y justa libertad no aceptar el ofrecimiento argentino de canje y seguir la batalla legal para la devolución del total de la deuda. Y hubo quienes, por las razones que existen, y que no vienen al caso analizar en este lugar, aceptaron el canje de la deuda y aceptaron el ofrecimiento argentino en las condiciones que les fueron ofrecidas.
Desde ese momento no hay más tenedores de bonos argentinos de una sola clase; sí hay tenedores aun en default del viejo bono, y tenedores de un nuevo bono aceptado (con descuento del 75% ) y performing.
La suerte de los dos se ha divididos para siempre en el momento en que aceptaron o no del canje propuesto. Así lo entienden muchos expertos y asesores legales¸ así lo entiende la FED NY y, como también lo manifestaron oportunamente ante el juez Griesa, los bancos fiduciarios, organismos de clearing y el Fondo de Inversión Gramercy, entre otras entidades representativas de bonistas que ingresaron al canje.
Así también, en mi calidad de representante y asesor legal de bonistas italianos a través de Adusbef –Asociación de consumidores bancarios italianos-, creo oportuno señalar con toda claridad que no entiendo posible ubicar en el mismo plano a los bonistas que no aceptaron el canje; con quienes entraron en el canje.No hay a nuestro entenderpari passu posible. Si hubiera pari passu, como entendió el tribunal de Nueva York, sería reconocer que si los holds out lograsen una sentencia positiva , los holds in deberían encontrarse en la misma situación y cobrar a la paridad sin haber hecho juicio alguno.
Las dos vías de elección han separado definitivamente las realidades de los posesores de bonos argentinos. Son dos bonos definitivamente diferentes.
Lamentablemente así no lo entendió el juez norteamericano Griesa y ojala se revierta esta posición en la apelación.
Además, los pagos efectuados por argentina en el exterior a favor de los posesores de bonos, ahora performing, no tiene vuelta atrás, por lo tanto no pueden ser pensados como reserva pasible de embargar. Ese dinero, el momento de salir de Argentina, pasa a ser propiedad de los titulares de los bonos y, por tanto, no embargable. Así de simple.
Ojala no se repita la situación única de Perú del año 2000, en la que se consagró una flagrante injusticia.
* Tullio Zembo es doctor en leyes en Italia y representó a los bonistas italianos –en su mayoría pequeños y medianos ahorristas- en el canje de deuda.