Régimen de adopciones
La reforma al régimen de adopciones de la provincia de Buenos Aires, que prevé agilizar los trámites en los juzgados de menores, fue aprobada por la Cámara de Diputados bonaerense.
El proyecto de ley, que fue aprobado por unanimidad y ahora deberá ser tratado por el Senado, modifica los trámites que se exigen en territorio bonaerense para obtener una adopción.
El titular del bloque del PJ, Raúl Pérez, explicó a Télam que la actual ley de adopción “genera muchísima tardanza, ya que hay casos muy prolongados que no hacen otra cosa que frustrar” a las personas.
“Queremos precisar muy bien los casos, para permitir que el juez pueda rápidamente determinar con certeza el abandono del niño”, resaltó Pérez.
Consideró que “el atajo” que pretenden formalizar le dará a la provincia “una herramienta muy importante en materia de contención de jóvenes, de chicos o recién nacidos para tener la posibilidad de contar con un hogar”.
La iniciativa apunta a “cubrir el vacío legal existente e instituir una normativa que delimite y regule específicamente el procedimiento de adopción, en todas sus etapas”.
El proyecto establece como objetivo principal el interés superior del niño, eje y centro de cualquier actuación administrativa y judicial por sobre cualquier derecho que tengan las familias adoptantes.
También busca desalentar las denominadas “guardas puestas”, es decir, que a través de intermediarios se quiera simular una adopción en términos legales que, en realidad, no lo es.
La norma establece una serie de procedimientos para determinar si los menores se encuentran o no en estado de adoptabilidad, y reduce a tres semanas el otorgamiento de una guarda provisoria, paso anterior a la adopción definitiva.
En un plazo de 10 días, el magistrado deberá resolver si restituye al niño a su familia o decide su adopción. También se incluye la posibilidad de la entrega voluntaria cuando los progenitores decidan entregarlo en adopción.
Completado ese trámite, el juez deberá comunicar su decisión al Registro de Aspirantes a Guardas, que a su vez deberá remitir, en cinco días, el listado de postulantes. Luego, en menos de tres semanas, deberá resolver iniciar la acción de guarda, proceso en el que intervendrán los familiares del menor.
Una vez obtenida la guarda, se abre un plazo de evaluación para el otorgamiento de la adopción definitiva, que deberá tramitarse bajo las normas de procedimiento sumario.
El diputado Marcelo Feliú celebró haber logrado “una construcción colectiva de consenso ejemplar, al entender que había que avanzar en la ley de procedimiento”.