Número de edición 8481
Edictos y Asambleas

AGUIRRE GABRIELA BEATRIZ y otros S/ ABRIGO LM7325/2023,

DIARIO N.C.O. EDICIÓN DEL DÍA VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025.  

EDICTO

El Juzgado de Familia no 8 del Departamento Judicial La Matanza, sito en la calle Jujuy y Colombia de San Justo, a cargo del Dr. Juan José Doré, Secretaría a cargo de la Dra. Valeria Stella Maris Manco y la Dra. Andrea Verónica Kolek, en autos: AGUIRRE GABRIELA BEATRIZ y otros S/ ABRIGO LM7325/2023, ha dispuesto lo siguiente: “San Justo, 14 de Marzo de 2023… AUTOS Y VISTOS: R E S U E L V O: PRIMERO: Declarar adecuada la solución adoptada por el Organismo Administrativo interviniente en los actuados de referencia en relación a la menor AGUIRRE GABRIELA BEATRIZ, AGUIRRE VALENTINA ALEXANDRA, AGUIRRE AXEL FERNANDO Y AGUIRRE RODRIGO ALEJANDRO (Art. 35 inc. L yArt. 35 bis de la Ley 13298, modificados por el Art. 2 y 3 -respectivamente- de la Ley 14.537), debiendo la misma conservar su statu-quo actual hasta tanto los Servicios de Promoción y Protección de Derechos actuantes informen el éxito o fracaso de las estrategias articuladas. SEGUNDO: Citar a dicha causante a una Audiencia en los términos del Art. 12 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño ante el infrascripto la cual será tomada con presencia del Ministerio Pupilar.
TERCERO. Dar intervención al Equipo técnico de la Dependencia para que mediante un despeje telefónico con la referente afectiva verifique el estado actual de la menor. REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la Representante del Ministerio Pupilar y al Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes -La Matanza, a cuyo fin líbrese oficio a confeccionarse y diligenciarse por la Asesoría de Incapaces que por turno corresponda.-Firmado: Doctor. Juan José Doré. Juez. San Justo, 27 de diciembre de 2024….A los fines dispuestos por el artículo 10 de la ley 14.528 y su dec. regl. 445/13, cítese los progenitores Sres. BALLESTERO ROMINA MARCELA y el Sr. AGUIRRE LEONARDO FABIAN, a fin de que comparezcan dentro de los tres (3) dias de notificados, en el horario de 8 a 12 hs. a los fines dispuestos por la citada norma legal, haciéndole saber que deberán constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, en el que se considerarán válidas todas las notificaciones, y en caso de incomparecencia injustificada, se podrá declarar la situación de adoptabilidad de los niños AGUIRRE
GABRIELA, AGUIRRE VALENTINA, AGUIRRE RODRIGO Y AGUIRRE AXEL. Asimismo, se le hace saber que en caso de carecer de recursos para contratar un abogado, les asiste el derecho de hacerse defender por el Defensor Oficial. Notifiquese por cédula con habilitación de dias y horas inhábiles conjuntamente con la resoluciones de fecha 14/03/2023, 07/09/2023 y 14/12/2023.Fdo. Juan Jose Dore. Juez
Publíquese por 2 días Edictos en el periódico VOCES de la Ciudad de San Justo, a fin de dar a conocer la presente resolución a los progenitores afectados. El presente se encuentra exento de pago y de sellado. San Justo, 20 de Marzo de 2025.-

VELOSO Gabriela Haydee
AUXILIAR LETRADO

 

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