Número de edición 8481
Edictos y Asambleas

LOPEZ NEHUEN ALEJANDRO S/ ABRIGO

EDICTODIARIO N.C.O., EDICIÓN DEL DÍA MARTES 14 DE MAYO DE 2024.-

EDICTO
El Juzgado de Familia no 4 del Departamento Judicial La Matanza, sito en la calle Dr. Eizaguirre 2761 de San Justo, a cargo de la Dra. MAITE HERRÁN, JUEZA SUBROGANTE P.D.S., Secretaría a cargo del Dr. Lucas Calosso Ressel y la Dra. Nadia Florencia Sola, en autos: “ Lopez Nehuen Alejandro s/ Abrigo” causa: LM – 28457 – 2023, ha dispuesto lo siguiente: \San Justo, 20 de Julio de 2023… AUTOS Y VISTOS: Los presentes, venidos a efectos de resolver la legalidad de la medida de abrigo dispuesta por el Servicio Local
de Promoción y Protección de Derechos del Niño del Partido de La Matanza respecto del menor LOPEZ NEHUEN ALEJANDRO…RESUELVO: PRIMERO: Declarar adecuada la solución adoptada por el Organismo Administrativo interviniente en los actuados de referencia por el plazo de 20 días en relación al menor LOPEZ NEHUEN ALEJANDRO, D.N.I. 59.646.490, (Art. 35 inc. L y Art. 35 bis de la Ley 13298, modificados por el Art. 2 y 3 -respectivamente- de la Ley 14.537), interín finalice el período de Feria Judicial
invernal, para que pueda evaluarse íntegramente por el Juzgado de Origen la situación de autos…\ Firmado: DOCTOR. JUAN JOSE DORE – JUEZ P.D.S. Otro auto ordena: \San Justo, en igual fecha de suscripción digital… En atención al estado de autos y a los fines dispuestos por el artículo 12 de la ley 14.528 y su dec. regl. 445/13, cítese a la Sra. LOPEZ SOLEDAD RITA – progenitora de LOPEZ NEHUEN ALEJANDRO -, para el día 15 de Mayo de 2024 a las 11:00 hs. a los fines dispuestos por la citada norma legal, audiencia que será celebrada de manera presencial, haciéndole saber que en el término de cinco
días de notificada deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, en el que se considerarán válidas todas las notificaciones, y en caso de incomparecencia injustificada, se podrá declarar la situación de adoptabilidad del niño y nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes a fines que lo represente.
Asimismo, se le hace saber que en caso de carecer de recursos para contratar un abogado, les asiste el derecho de hacerse defender por el Defensor Oficial, pudiendo concurrir a la Defensoría General Departamental, sita en la Av. Pte. Perón 3068 de San Justo en donde podrá solicitar asesoramiento o hacerse representar por un abogado de la matricula según las circunstancias del caso, o en el patrocinio gratuito del Colegio de Abogados de La Matanza sito en Yrigoyen 3075 de San Justo (art. 34 inc. 5
apartado b) del C.P.C.C.). Asimismo, se le hace saber que podrá efectuar las consultas pertinentes al mail de la Defensoría Civil Departamental consultascivil.lm@mpba.gov.ar y/o al whatsApp n° 11-5573-7110. Notifiquese conjuntamente con la medida de legalidad decretada, mediante oficio policial -por Secretaría- y por intermedio de edictos, los cuales deberán ser publicados en el Boletín Oficial y en el diario Local NCO por el plazo de tres días…\ Firmado: MAITE HERRAN – JUEZA P.D.S..

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