DIARIO N.C.O. EDICIÓN DEL DÍA VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024.-
EDICTO
El Juzgado de Familia Nro. 4 del Departamento Judicial de La Matanza, sito en la calle Eizaguirre 2671 PB de San Justo, La Matanza; a cargo del Dr. Marcelo Dario Cardoso Juez, Secretaria Única, en autos caratulados «LOPEZ ANABEL S/ABRIGO (EXPTE LM 45771-2023) a los fines de notificar a la Sra. Melani Lopez Laime titular del DNI 95.593.033 la siguiente providencia; «San Justo, 19 de junio de 2024: RESUELVO: PRIMERO: Declarar judicialmente el estado de adoptabilidad de la niña LOPEZ ANABEL con dni n° 70.031.744 todo ello en los términos de la normativa referida.
Hágase saber que se procederá al otorgamiento de la guarda del niño con fines de adopción (Arts. 607 a 610 y ccdtes. del CCyC).-SEGUNDO: Notifíquese la presente a la Sra. Asesora de Incapaces y al Servicio Local de Protección y Promoción de Derechos de niños, niñas y adolescentes, mediante notificación electrónica de la presente y a la Subsecretaría de Servicios Jurisdiccionales área Registro de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción por intermedio de la Fase II y por oficio a librarse por Secretaría.- TERCERO: Sin costas atento lo oficioso de la cuestión (art.68 del CPCC).- CUARTO: REGISTRESE . NOTIFIQUESE. electrónicamente al Ministerio Pupilar. Quedando a cargo de la Sra. Asesora de Incapaces la notificación de la presente a la progenitora de la niña de autos.» Fdo. MAITE HERRAN JUEZA P.D.S. /// San Justo, 23 de Julio de
2024; Atento las constancias de autos y mediando razones de urgencia que así lo justifican; resuelvo: tener por habilitada la feria judicial (arg. art. 153 del CPCC).De conformidad con lo dictaminado por la Asesoría de Incapaces interviniente, notifiquese a la Sra. Lopez mediante edicto conforme lo normado por el art. 145 del CPCC. Confección y diligenciaminto a cargo de la Asesoria de Incapaces.-Concluido que sea el período de feria judicial, remítanse al Juzgado de origen.-» Fdo. DR. JUAN JOSE DORE JUEZ P.D.S