Diario N.C.O., edición n° 7424 del día martes 28 de septiembre de 2021.-
EDICTO
El Juzgado de Familia nro. 8 del Departamento Judicial de La
Matanza, Secretaria Única a cargo de la Dra. Valeria Stella Maris Manco, sito
en la calle Jujuy esquina Colombia de San Justo, La Matanza; en autos
caratulados » Avalos Miranda Luana Maria s/Abrigo ( Expte LM7989-2021
) a los fines de notificar a la Sra. Nancy Elizabeth Acosta Miranda las
siguientes providencias; San Justo, 30 de Marzo de 2021: R E S U E L V O:
PRIMERO: Declarar adecuada la solución adoptada por el Organismo
Administrativo interviniente en los actuados de referencia en relación a la
menor AVALOS MIRANDA LUANA MARIA (Art. 35 inc. L y Art. 35 bis de la
Ley 13298, modificados por el Art. 2 y 3 -respectivamente- de la Ley 14.537),
debiendo la misma conservar su statu-quo actual hasta tanto los Servicios
de Promoción y Protección de Derechos actuantes informen el éxito o
fracaso de las estrategias articuladas. SEGUNDO: Citar a dicha causante a
una Audiencia en los términos del Art. 12 de la Convención Internacional de
los Derechos del Niño para el día 03 de Junio de 2021 a las 09.00 horas ante
el infrascripto la cual será tomada con presencia del Ministerio Pupilar.
TERCERO: Dar intervención al Equipo técnico de la Dependencia para que
mediante un despeje telefónico con la referente afectiva verifique el estado
actual de la menor. CUARTO: Ordenar provisoriamente por el plazo de 120
(CIENTO VEINTE) DIAS, al Sr. Francisco Acosta Benitez el cese de los actos
de perturbación o intimidación contra la Sra. Juana Bautista Miranda, su
grupo familiar y la menor, Srita. Avalos Miranda Luana Maria (art. 7 inc. «a»,
ley 12569, T. según ley 14509). Asimismo, ordenar y exhortar al accionado,
Sr. Francisco Acosta Benitez a que se ABSTENGA de mantener todo tipo de
comunicación agresiva y/o violenta hacia la accionante, a través de
llamados telefónicos, mensajes de texto, de audio y/o cualquier tipo de red
social. Con el objeto de notificar la presente, líbrense los instrumentos de
estilo; haciéndose saber a la Dependencia Policial correspondiente que la
accionada deberá ser notificada de la presente por cualquier medio idóneo
al respecto y en el término de 24 horas de recibido el oficio pertinente.
REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la Representante del Ministerio Pupilar y al
Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y
Adolescentes -La Matanza, a cuyo fin líbrese oficio a confeccionarse y
diligenciarse por la Asesoría de Incapaces que por turno corresponda.-
Asimismo se le hace saber a la Representante del Ministerio Pupilar que
deberá arbitrar los medios tendientes a presentar en autos el certificado de
nacimiento de la menor.- .// San Justo, 08 de Abril de 2021. A los fines
dispuestos por el Art. 10 de la Ley 14.528 y su Dec. Regl. 445/13, cítese los
progenitores y/o familia extensa de la niña Avalos Miranda Luana María y
Acosta Benitez Micaela, Sras. Acosta Miranda Nancy Elizabeth y Miranda
Juana Bautista, a fin de que comparezcan dentro de los tres (3) días de
notificadas, en el horario de 8 a 12 hs. a los fines dispuestos por la citada
norma legal, haciéndole saber que deberán constituir domicilio dentro del
radio del Juzgado, en el que se considerarán válidas todas las notificaciones,
y en caso de incomparecencia injustificada, se podrá declarar la situación
de adoptabilidad de las niñas. Asimismo, se le hace saber que en caso de
carecer de recursos para contratar un abogado, les asiste el derecho de
hacerse defender por el Defensor Oficial. NOTIFIQUESE por cédula con
habilitación de dias y horas inhábiles. Confección a cargo de la Asesoría
interviniente.- B: Pasen las actuaciones a la Psicóloga del Juzgado a fin de
evaluar a la Sra. Acosta Miranda Nancy Elizabeth.- Al punto V: Téngase
presente lo manifestado a sus efectos.-«.// San Justo, 20 de Septiembre de
2021: Atento lo manifestado, líbrense los instrumentos solicitados
conforme lo normado por el Art. 145/146 del CPCC, ello a fin de notificar a
la Sra. Acosta Nancy (progenitora de las menores), los proveídos de fecha
30/03/2021 y 08/04/2021.
Publiquense EDICTOS por el término de dos días en el Boletín Oficial
y en el Diario «NCO» del Partido de La Matanza.
San Justo, 23 de Septiembre del 2021 .-