Número de edición 8481
Generales

EDICTOS en AUTOS: “MORAN CAROLINA ADRIANA C/ LOPEZ RODOLFO RUBEN Y OTRO/A S/ DESPIDO”, EXP: N° 10943

EDICTO

 

Por disposición de la Sra. Juez del TRIBUNAL DE TRABAJO N ° 2, a cargo de la Dra. Dra. Silvia Noemí Mac Vicar de Olmedo, Secretaria Única a cargo de la Dra. MARIA LAURA PAZ, sito en la calle PARAGUAY N° 2466  2° Piso de la Ciudad de San Justo, Pdo. de La Matanza, Pcia. de Bs. As., se hace saber que los autos caratulados “MORAN CAROLINA ADRIANA C/ LOPEZ RODOLFO RUBEN Y OTRO/A S/ DESPIDO”, EXP: N° 10943, se ha decretado lo siguiente: “San Justo, 12 de agosto de 2013. De conformidad con lo peticionado, no habiendo la demandada LOPEZ JUAN CARLOS contestado la acción a pesar de estar debidamente notificado (ver fs 96), hácese efectivo el apercibimiento mencionado y en consecuencia, désele por perdido el derecho dejado de usar y el de ofrecer pruebas, declarándosele en rebeldía. Para notificaciones en Secretaría, Martes y Viernes (arts. 26 y 28 de la ley 11.653). Las siguientes resoluciones se tendrán por notificadas mediante Ministerio Legis.- NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. Silvia Noemí Mac Vicar de Olmedo Juez.” Y “San Justo, 15 de agosto de 2019. Proveyendo a la presentación del 08 de agosto de 2019, atento al estado de autos, lo peticionado por la parte actora, y lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.C., a fin de notificar la rebeldía decretada en autos, respecto al accionado Juan Carlos López, publíquense edictos, por el término de DOS DÍAS, en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en el Diario N.C.O: con efecto de pago diferido, atento a que el actor goza con el beneficio de gratuidad (art. 59 y 146 del CPPC; art. 12, 22 y 63 ley 11653). Fdo. Dra. Silvia Noemí Mac Vicar de Olmedo Juez”.

Dra. Cintia Romina Isola

 Auxiliar Letrada

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