Número de edición 8481
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Sorbetes de plástico prohibídos aunque los pida el cliente

Sorbetes de plástico prohibídos aunque los pida el cliente

La nueva reglamentación afecta a “hoteles de cuatro y cinco estrellas, shoppings, galerías y centros comerciales a cielo abierto, locales que posean una concurrencia de más de 300 personas por evento y establecimientos de cadenas comerciales”, según explicó el organismo en un comunicado.

 

Además, también alcanza a los negocios donde se sirvan o expendan bebidas o productos alimenticios.

 

Los vecinos “podrán denunciar el incumplimiento de esta norma a través del canal de reclamos y solicitudes de la Ciudad”.

 

A su vez, se realizará un esquema de sanciones para quienes no acaten la medida, que irá desde el pago de entre 250 y 8.200 Unidades Fijas de multa, equivalentes a entre 5.350 y 175.480 pesos, hasta la suspensión de actividad de un mes a un año o la clausura del establecimiento.

 

Según indicaron desde la cartera, el sorbete “es el cuarto residuo plástico más común en las costas y océanos y puede tardar entre 150 y 400 años en descomponerse”.

 

De esta manera, la ciudad de Buenos Aires se suma a la iniciativa que ya se lleva a cabo en Pinamar, Villa Gesell, Mar del Plata, Mar Chiquita, Mendoza y Ushuaia.

 

La prohibición fue establecida por la Resolución 816/MAyEP/2019 que se desprende de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos N° 1.854.

Fuente: Convenio Diario 26 – Diario NCO.

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