
Reformas. “La cuestión laboral merece el reconocimiento que otorga la posibilidad de crear empleo en un ámbito de respeto hacia el trabajador, pero es tan amplia y fundamental para los sectores involucrados en ella, que necesita que la discusión sea entre los protagonistas del sector del trabajo y los empresarios conjuntamente con el gobierno y el poder legislativo”, sostuvo el presidente de CAME, Fabián Tarrío.
Estamos de acuerdo con las medidas incluidas que tienden a disminuir la litigiosidad laboral (termina con la responsabilidad solidaria por servicios subcontratados, ante la falta o incorrecta registración de un empleado se abonaría la multa directamente a organismos de Seguridad Social en lugar de al demandante, lo cual apunta contra la industria del juicio, etc.), las que impulsan el blanqueo laboral y las referidas al nuevo cálculo de indemnización por despido.
Preocupa el reemplazo del Decreto 814/01 por un régimen menos beneficioso para las provincias del interior: La única herramienta que se utiliza para compensar entre provincias la presión de las contribuciones patronales es la establecida por el Decreto 814/01 que computa un porcentaje de las remuneraciones como crédito fiscal en el IVA. A la fecha, el máximo porcentaje es el 11,8% que corresponde a la zona “Resto del Chaco”. Este instrumento es muy importante si se tiene en cuenta que los acuerdos salariales se definen desde una óptica de las ciudades más desarrolladas y que para una PyME del interior resulta dificultoso asumir. Con el nuevo proyecto, se establece un esquema que disminuye el beneficio en varias regiones y que finalmente se elimina en 5 años.
En el corto plazo sube el costo de la PyME que no es prestadora de servicios porque la contribución patronal pasa del 17% desde el 2018 al 19% en el 2022.
Preocupa la prohibición de acordar sumas no remunerativas en las Convenciones Colectivas de Trabajo, puesto que se ha utilizado como instrumento para sobrepasar situaciones de crisis a la hora de acordar paritarias en momentos difíciles.
Veríamos con agrado que además del fomento del empleo juvenil se incluyan beneficios para fomentar la toma de personal de mayores a 50 años.
Reforma tributaria
Respecto al anteproyecto de ley sobre Reforma Fiscal, la “CAME expresa que en general las medidas permiten incentivar la producción, aunque algunas de ellas merecen un debate más profundo y con activa participación de los sectores involucrados de todo el país”, sostiene Tarrío.
“Resaltamos que es un proyecto que tiende a reducir costo fiscal, entre distintos tributos y Contribuciones Patronales dando un alivio al sector productivo.
Asimismo, es una de las pocas ocasiones que se instrumenta gravar la Renta Financiera, reiteradamente solicitada por nuestra entidad”.
Sus puntos sobresalientes es que incentiva la reinversión de utilidades mejorando la inversión y la competitividad como vía de crecimiento y equilibrio macroeconómico.
Desde el Pacto Fiscal firmado en el año 1993 no se aborda en la discusión impuesto provinciales, especialmente el Impuesto a los Ingresos Brutos, resaltando su regresividad y efecto en cascada en la economía.
Vemos con preocupación que en el texto difundido no se hace mención a políticas diferenciadas orientadas a las PyMES y las provincias fronterizas que enfrentan en la actualidad un problema de competitividad, e inquieta el impacto sobre las economías regionales.
Se grava la renta financiera: es una medida que venía siendo solicitada por CAME y le daría equidad al sistema tributario. Cabe aclarar que se debe monitorear su posible impacto en la tasa de interés que pagan las pymes y en la disponibilidad de financiamiento.
Se reduce el impuesto a las ganancias para utilidades reinvertidas: También impulsada por CAME, pero su efecto se verá a largo plazo porque la baja es gradual. Sería interesante se efectúe a corto plazo.
Devolución anticipada de saldos a favor de IVA para inversiones: resaltamos la importancia de una medida que fue una demanda histórica de CAME para todos los saldos acumulados, ya que en el régimen vigente generaba fuertes costos financieros su no devolución. Pero lamentamos que no se haga mención de la devolución de saldos a favor de diversos impuestos nacionales que las PyMES venimos acumulando desde hace años, y que además en muchos casos, no permiten una compensación entre impuestos, y menos aún con conceptos de seguridad social -y que tampoco tienen actualización alguna- a diferencia de las deudas impositivas de las PyMES con el fisco.