DIARIO N.C.O. EDICIÓN DEL DÍA JUEVES 06 DE JUNIO DE 2024.-
EDICTO
El Juzgado de Familia Nro. 4 del Departamento Judicial de La Matanza,
Secretaria Única interinamente a cargo de la Dra. MAITE HERRAN . JUEZA. P.D.S. ,
sito en la calle Eizaguirre N°2671 de San Justo, La Matanza; en autos caratulados »
ROMANO DYLAN BENJAMIN S/ ABRIGO. LM – 9600 – 2023 a los fines de notificar
a la Sra. María Belén Romano las siguientes providencias; San Justo, 3 de abril de
2023: (…) RESUELVO: I.- Disponer provisoriamente la legalidad de la medida de
Abrigo adoptada para el niño DYLAN BENJAMIN ROMANO, (DNI no informado) hijo
de ROMANO MARÍA BELÉN (PRE IDENTIDAD 674223218), bajo la responsabilidad
de su tía materna ROMANO GISELA ALEJANDRA (DNI 19.048.743), siendo el lugar
de cumplimiento de la medida el domicilio sito en la calle Palma 6223 de Virrey del
Pino, conforme fuera indicado en la documentación recepcionada (art. 3.- 3.1 del
Anexo 1 del Decreto Reglamentario 300/05, arts. 35 inc. h) de la ley 13.298, 92 y 100
de la ley 13.634, art. 3, 12 y 20 de la C.I.D.N.).II.- Dése inmediata intervención al
Equipo Técnico (T. Social), a fin de entrevistar a ROMANO GISELA ALEJANDRA, y
elaborar un informe respecto del estado del adolescente de autos.III.- Dése inmediata
intervención al Equipo Técnico (Psicóloga), a fin de entrevistar a ROMANO GISELA
ALEJANDRA, y elaborar un informe respecto del estado del adolescente de autos.IV.-
A los fines dispuestos por el artículo 10 de la ley 14.528 y su dec. regl. 445/13,
hágase a los progenitores del adolescente de autos que en el término de cinco días
de notificados deberán constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, en el que se
considerarán válidas todas las notificaciones.Asimismo, se le hace saber que en caso
de carecer de recursos para contratar un abogado, les asiste el derecho de hacerse
defender por el Defensor Oficial, pudiendo concurrir a la Defensoría General Deptal. y
Defensorías 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10, en donde podrá solicitar asesoramiento o hacerse
representar por un abogado de la matricula según las circunstancias del caso –
Defensoría Oficial Departamental en turno sita en la Av. Pte. Perón 3068 de San
Justo, o en el patrocinio gratuito del Colegio de Abogados de La Matanza sito en
Yrigoyen 3075 de San Justo (art. 34 inc. 5 apartado b) del C.P.C.C.). Asimismo se le
hace saber que podrá solicitar turno en la página web la Defensoría Civil
Departamental http://www.turnos.mpba.gov.ar (Conf. (art. 6 bis, Ley 12.569, T. según ley
14.509). Queda a cargo del Ministerio Pupilar las notificaciones ordenadas «supra».V.-
Dése cumplimiento con la carga de los presentes obrados en la página del Registro
de Adopciones de la SCBA dándose con ello cumplimiento con la fase II.VI.-
Oportunamente, se fijarán audiencias en los términos de los arts. 26, 3o apartado y
639 inc. «c» del Código Civil y los artículos 3 y 12 de la Convención de Derechos del
Niño y art. 10, ley 13.298. VII.- Póngase en conocimiento de lo resuelto al Servicio
Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños y Adolescentes. VIII.-
REGISTRESE. NOTIFIQUESE. A tal fin, anotíciese al Ministerio Pupilar. Fdo. JUAN
JOSE DORE. Juez. San Justo, 27/10/2023: (…)RESUELVO:1. -Disponer la Prórroga
de la medida de abrigo tomada respecto de DYLAN BENJAMIN ROMANO, por el
termino de 180 DIAS (conf. art. 32 y sig. de la Ley 13.298 y su decreto reglamentario)
.2.- Notifíquese la presente electronicamente a la Sra. Asesora de Incapaces. y por
medio de oficio al Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del
Niño.3.- Dése intervención al Equipo Técnico a fin de realizar nuevos informes
sociales y psicológicos. 4.- REGISTRESE. Fdo. LIDIA BEATRIZ TESTA. JUEZA.
P.D.S.
Publíquese EDICTOS por el termino de tres días en el Boletín Oficial y en el
Diario «NCO» del Partido de La Matanza.
San Justo, en la fecha de suscripción digital.